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30/12/2021
ORDEN FORAL 63/2021 medidas sanitarias preventivas específicas de carácter extraordinario como consecuencia de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 

Medidas vigentes desde el 29 de diciembre  al 14 de enero de 2022, incluido.

 
Limitación de horarios:
Se establece el cierre desde la 01:00 hasta las 06:00 de la mañana de las actividades de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como de establecimientos en espacios multifuncionales, de sociedades
 
Hostelería y Ocio Nocturno:
El consumo en los interiores de bares, bares especiales, cafés espectáculo, cafeterías, restaurantes, discotecas, salas de fiesta así como establecimientos en espacios multifuncionales, de sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos y similares:
 
  • Será siempre sentado en mesa. Las barras podrán ser usadas por los clientes para pedir y recoger su consumición.
  • La distancia entre mesas será de 1,5 metros
  • Las mesas o grupos de mesas no podrán superar las 10 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm.
  • Se permite en mesas con taburetes y que se encuentren pegadas a la barra. Estas mesas serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas.
  • El uso de la mascarilla es obligatorio en todo momento, salvo en el momento puntual de la consumición.
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